Según una especialista, el nuevo código de edificación de la Ciudad atrasa 40 años

Clarín ARQ | MAGDALENA EGGERS, ARQUITECTA ESPECIALISTA EN NORMATIVA.

La arquitecta Magdalena Eggers asegura que la normativa es retrógrada. Por ejemplo, permite que un dormitorio tenga sólo 2,5 metros de lado, incluido el placard. Y se solayan detectores de incendio en edificios de magnitud.

Se vende como el código del futuro. Pero basta leer unas pocas líneas para comprobar que no es tan así. Es un tema no menor que solo enuncia objetivos a cumplir, y se pretende prescribir la forma en que se cumplirán a través de un Reglamento Técnico fácilmente actualizable por el Poder Ejecutivo. Pero en muchos casos ni siquiera estos objetivos se enuncian (sólo indican “deberán cumplir con la Reglamentación Técnica”). Y en otros se define hasta a qué altura van las leyendas en una puerta de salida o cómo se deben enumerar los ascensores. Para muestra bastan algunos comentarios.

Las tramitaciones ágiles tampoco parecen serlo: el punto 2.1.3.7 establece para la concesión del permiso de obra que “ante la presentación de la documentación exigida”, ésta dependerá de lo que opine en ese momento la Autoridad de Aplicación, que “informará al solicitante el plazo en el que se expedirá”.

Si hablamos de habitabilidad, según el código de 1942, las habitaciones de una vivienda podían tener 10 m2 y las restantes 6 m2. Las normas de habitabilidad que se aprobaron en 1979 –con el objeto de frenar la especulación inmobiliaria– impusieron medidas mínimas para cada tipo de ambiente, que años más tarde se ajustaron a la realidad de los terrenos de 8,66m, y que hasta hoy se verifican. Pero ahora el estar comedor puede tener 9 m2 en lugar de 16 m2, y un dormitorio principal va a poder tener 7,50 m2 (en lugar de 10 m2), con lado mínimo de 2,50 m (¡incluido el placard!), y restarle a ese ancho una tolerancia del 3% por razones constructivas.

Anuncian que desaparece la exigencia de bidet y bañera para las viviendas. Y yo me pregunto en dónde se encuentra ese requerimiento en nuestro código.

Se sigue obligando a proyectar un local lavadero con ventilación a espacio urbano, cuando en la actualidad se reduce a un lugar para un lavasecarropas, si es que el edificio no cuenta con ese servicio.

En cuanto a las condiciones de iluminación, tampoco aprendemos de los casos reales: sigue sin establecerse una relación máxima entre ancho y profundidad de un ambiente (o por lo menos exigir mayor iluminación), cuando sabemos que en el mercado diseñan ambientes de 3 m de lado con 10 o 12 m de profundidad, con una ventana en el extremo. Además, este proyecto beneficia con la reducción en un 20% de la superficie de iluminación de los ambientes que están bien orientados, en lugar de castigar ampliándola en los que no lo están. Y por si no quedan dudas sobre las pérdidas de condiciones de habitabilidad, se van a permitir ambientes en sótanos ventilando a patios.

En lo referido a sustentabilidad, entre los retrocesos se elimina la obligación de recolectar agua de lluvia y se reduce la exigencia de obtener un aislamiento térmico de nivel B para los muros medianeros –como existe en la provincia de Buenos Aires desde hace nueve años– en los edificios de más de 1.500 m2. Lo más extraño es que propone diferentes coeficientes de aislamiento para un mismo ambiente. El resto de los postulados son sólo expresiones de deseos.

Si hablamos de seguridad, a contrapelo de las tendencias mundiales, se continúan soslayando los detectores de incendio y rociadores en edificios de magnitud, a pesar de que ya desde los años 70 se requieren en la provincia de Buenos Aires. Otro tema no menor es que eliminan la responsabilidad en Seguridad e Higiene en obras de hasta 2.500 m2, cuando esta especialidad es indispensable para garantizar la seguridad de los obreros y evitar accidentes por lo menos en obras en altura o cuando se proyectan varios subsuelos.

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Las tan pregonadas nuevas tecnologías en la calidad de los materiales y en los sistemas de instalaciones no se manifiestan en ningún lugar de este documento, se reitera el texto actual con cambios de terminología para que parezca nuevo. Un caso testigo es el de la superficie mínima de las salas de máquinas de ascensores, que cuando se estableció en los años 60 dependía de enormes máquinas. Que fueron reemplazadas por pequeños motores que se pierden en un local que termina usándose como depósito. También se ve reflejado en el empleo de vocablos en desuso como listeles y guardapolvos.

Sobre los usos existe una larga lista de comentarios, comenzando por la categorización de productos perecederos de acuerdo a docenas de unidades (¿?), o la falta de orden y criterio para las clasificaciones. Por suerte en esta última versión aparece el rubro Sanidad, pero desaparecen los Geriátricos.

No existen consideraciones para los edificios existentes que se amplíen, con lo que obligan a cumplir o demoler, con todo el desaprovechamiento energético y pérdida de valores patrimoniales que ello significa. Y los lineamientos de conservación y mantenimiento propuestos se reducen a dos páginas, en las que lo único nuevo, en concreto, es la obligación de entregar un manual de mantenimiento al finalizar la obra.

Muchas de las exigencias quedan relegadas al criterio de la Autoridad de Aplicación, con lo que se profundiza la falta de normas claras que afiancen la actividad. Si bien es cierto que fueron consultados numerosos organismos e instituciones, la mayoría de las objeciones no fueron tenidas en cuenta. Tampoco las llamarán a integrar la tan solicitada Comisión Asesora Permanente para que la Reglamentación sea acordada por los expertos desde distintas ópticas. Una lástima, se perdió una oportunidad histórica. Este código pareciera estar pensado para los desarrolladores inmobiliarios y no para los usuarios.